
En los últimos días, diferentes personas han aparecido en medios de comunicación y han atacado la esfera personal del exfutbolista del Betis y de la Selección Española, Joaquín Sánchez, y la de su mujer, Susana Saborido. Así pues, AVERUM Abogados ha emitido un comunicado en el que, como representantes legales de ambos, “manifestamos públicamente el inminente ejercicio de acciones legales contra todas aquellas personas que han difundido en los diversos medios de comunicación circunstancias atinentes a la vida privada de nuestros representados”.
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Una gran cantidad de medios han elaborado informaciones acerca del texto remitido por este despacho, como las revistas ¡Hola! y Semana, los periódicos generalistas 20 Minutos, eldiario.es, El Español o La Vanguardia, y hasta prensa económica, como El Economista, o deportiva, como Marca o Mundo Deportivo.
Así pues, el comunicado –firmado por el Socio-Director AVERUM Abogados, Mario Bonacho Caballero, y por la Socia Marisa Herrero-Tejedor– resalta que “tales especulaciones e informaciones aludidas han invadido notoriamente la esfera personal y familiar del Sr. Sánchez y de la Sra. Saborido, atentando gravemente contra el derecho fundamental a la intimidad que consagra el art. 18.1 de la Constitución Española, y por ello, procederemos a interponer las correspondientes demandas y/o querellas al objeto de amparar los derechos fundamentales de nuestros representados”.
“Así las cosas, las informaciones divulgadas en estos últimos días han supuesto una grave extralimitación de la libertad de información, no ajustándose los datos publicados a los requisitos que deben de concurrir para que aquélla se ejercite de una manera legítima, por lo que nos reservamos la interposición de cuantas acciones legales sean necesarias en Derecho para la salvaguarda de los mentados derechos fundamentales”, zanja el texto.
Desde AVERUM Abogados, ponemos al servicio de nuestros clientes una larga experiencia defendido el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen en los tribunales, bien sea en vía civil al amparo de la L.O. 1/1982 de 5 de mayo, o bien sea en vía penal a través de los delitos de injurias y calumnias, penados en los artículos 205 y 208 del Código Penal.
