
Tras el anuncio de la exconcejala del PP en Móstoles —que denunció presunto acoso sexual y laboral por parte del alcalde, Manuel Bautista— de que está preparando una acción judicial tanto contra el regidor como contra responsables del partido por haber difundido su identidad y haber filtrado correos electrónicos privados, el Socio-Director de AVERUM Abogados, Mario Bonacho Caballero, ha sido entrevistado en el programa Mediodía de Radio Nacional de España (RNE) y ha señalado que la divulgación “puede tener consecuencias legales”.
El letrado de este despacho ha destacado que “el hecho de que se revelen ciertas circunstancias, con carácter general asociadas a este tipo de contextos en los cuales se pone de manifiesto un presunto acoso o una serie de cuestiones complejas en el ámbito profesional, sí que pueden tener consecuencias legales desde la perspectiva de la protección del derecho a la intimidad de, en este caso, la presunta víctima”.
Bonacho ha subrayado que “de hecho, el anteproyecto de Ley de Protección del Derecho al Honor a la Intimidad y a la Propia Imagen, recoge —acertadamente— en el artículo 7 un precepto concreto que está diseñado para la protección de las víctimas, no solo vinculadas a aspectos de violencia de género, de acoso, sino a las víctimas de un procedimiento penal”.
“Entiendo que es acertada esta proposición porque, como sucede en este caso, el hecho de revelar expresamente la identidad de una persona que ha pasado por esas circunstancias puede tener unas consecuencias muy nocivas a nivel personal para la víctima y, por ende, puede solicitar una serie de protecciones ante la Justicia, por el hecho de haber revelado de manera expresa esa identidad. Por lo tanto, sí que tiene la capacidad de acudir a la Justicia para la tutela de esa protección de su derecho a la intimidad”, ha añadido
Igualmente, el Socio-Director ha manifestado que “paralelamente, tenemos una esfera penal”, dado que “el artículo 197 del Código Penal contempla expresamente esa divulgación de correos electrónicos que revelen ciertas conductas o informaciones de carácter íntimo”, así que “tendríamos dos consecuencias legales”.
Preguntado sobre quién tiene que actuar judicialmente, Bonacho ha asegurado en el programa radiofónico que “bajo mi criterio es la perjudicada la que tiene que solicitar esa tutela de su derecho a la intimidad, la persona que, de alguna manera, ha visto perturbada esa esfera íntima, privada, a los efectos de solicitar ese amparo del derecho a la intimidad”. “Paralelamente, también cabe la opción de interponer la posible querella por ese delito de revelación de secretos contra el sujeto difusor de estas actuaciones. Pero en mi opinión, sí que es la perjudicada la que tiene que entablar esas acciones”, ha zanjado.
