
La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia favorable a las clientas de AVERUM Abogados, la influencer Georgina Rodríguez y su hermana Ivana Rodríguez, por una vulneración de los derechos a la intimidad y a la propia imagen en un programa de televisión, según adelantó el digital eldiario.es. La resolución confirma la decisión del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Pozuelo de Alarcón, y la Sala considera que cuando se retransmitieron las imágenes, en 2018, la pareja de Cristiano Ronaldo “no era seguida en redes sociales, no tenía imagen propia y por ende no había un interés general en conocer aspectos de su vida anterior”.
La Audiencia ha ratificado que los reportajes emitidos incorporaron aspectos de carácter privado de la familia de Rodríguez “con frivolidad y sin constatación de veracidad”. En consecuencia, la resolución respalda las indemnizaciones acordadas por la vulneración del derecho a la propia imagen del padre de Georgina Rodríguez, ya fallecido, así como por la afectación a la intimidad familiar de la empresaria y de su hermana. En concreto, se fijan 80.000 euros para ella y otros 50.000 euros adicionales a repartir entre ambas por las manifestaciones realizadas sobre su padre, lo que suma un total de 130.000 euros. Asimismo, se subraya que el testimonio de vecinos de Jaca fue presentado como si se tratara de familiares y amigos de Rodríguez, “sin que se acredite que realmente se trataba de familiares y vecinos de las demandantes”.
El Socio-Director de AVERUM Abogados, Mario Bonacho, ha declarado a eldiario.es que “tanto el juzgado como la Audiencia Provincial avalan esa protección a la intimidad de Georgina y concluye que por mucho que seas actualmente una persona muy notoria la libertad de información no ampara indagar en tu vida privada, circunstancias de tu infancia y episodios de cuando no tenías una relevancia pública”.

“El programa desvelaba cierta información que, entendíamos, carecía de interés general, pertenecía a su vida privada en un momento en que no era un personaje público”, ha explicado Bonacho.
El letrado de este despacho también ha asegurado que “pusimos de manifiesto” que se emitieron fotografías que “se trataba de imágenes de menores que, aunque en la actualidad tengan cierta relevancia pública, pertenecen a esa infancia y no había un consentimiento expreso para su utilización; por mucho que ella en su cuenta de Instagram haya publicado alguna imagen de su infancia, no legitima a un medio para publicar estas imágenes”.
Sobre la parte de su demanda que afectaba a las afirmaciones que hicieron los reportajes sobre el padre de Rodríguez, el Socio-Director de AVERUM ha relatado que “aunque esté fallecido sí tiene unas garantías para proteger su intimidad a través de sus hijas”.
