La Socia de AVERUM Abogados, Marisa Herrero-Tejedor, y el Socio-Director, Mario Bonacho Caballero, han participado en una noticia del periódico digital Artículo14 para explicar cómo hace 10 años se reformó el Código Penal, permitiendo que la legislación castigue como autor de un delito de revelación de secretos a quien, sin consentimiento, difunda imágenes o vídeos íntimos que hubiera obtenido voluntariamente y cuando “la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona”, tal y como recoge el artículo 197.7 de la ley. 

La pieza periodística recuerda que el mediático caso de la concejal del PSOE Olvido Hormigos sentó las bases para que en 2015 se aprobara la conocida como ‘ley contra el sexting’. En 2012 —cuando WhatsApp apenas tenía tres años e Instagram dos— se difundió un vídeo íntimo de Hormigos, quien interpuso una querella por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, pero perdió el caso

Así, Herrero-Tejedor ha explicado que “en el momento en el que se redactó el anterior Código Penal en el año 1995, no se entendía que se pudiera dar la circunstancia en la que alguien pudiera mandar a través de internet, redes sociales o WhatsApp nada así, porque ni siquiera estaba en el paradigma de la imaginación del legislador”.  

Ha añadido que “digamos que el legislador no intuía que hubiera alguien que pudiera compartir ese tipo de contenido y que ese tipo de contenido fuera a su vez difundido sin el consentimiento de la persona que aparece en el vídeo”. En aquel momento, el Código Penal solo contemplaba el delito si el vídeo había sido robado.  

Igualmente, Bonacho ha relatado que “antes del 2015, efectivamente, estas víctimas estaban totalmente desprotegidas, sobre todo si pensamos en menores de edad que decidían mandar una foto en toples a su novio porque era su novio y esta persona lo difundía”. En este contexto, ha manifestado que entonces “no solo no había respuesta penal, sino que cuando se difundía llevaba en algunos casos que estas víctimas se vieran obligadas a cambiar de colegio, de instituto”, o incluso, “a cambiar de ciudad”. 

Además, la Socia de AVERUM ha reflexionado sobre la necesidad de que las leyes se adapten con rapidez y diligencia a los cambios sociales: “Ahora mismo, en el año 2025, ¿qué es lo que se plantea y cuál es nuestra realidad en la actualidad?: la inteligencia artificial. Este es un claro caso de cómo el legislador, ante las nuevas situaciones que se nos presentan, ante el avance de los elementos informáticos y de las nuevas tecnologías, va a tener que ponerse mucho las pilas, va a tener que ser muy rápido y legislar cada vez más cubriendo aquellas nuevas situaciones que hace 10 años no eran ni posibles ni reales pero que ahora sí lo son”. 

Desde AVERUM Abogados ponemos al servicio de nuestros clientes una amplia experiencia en la defensa del derecho al honor, la intimidad y la propia imagen ante los tribunales, tanto en vía civil al amparo de la L.O. 1/1982, de 5 de mayo, como en vía penal. 

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